El fiscal Alfredo Ramos Manzur demostró la culpabilidad de la mujer que según los antecedentes del caso, en la fecha mencionada, alrededor de las 14:00, en una vivienda ubicada en la mencionada compañía, donde primeramente se produjo una discusión entre la víctima, Limpia Concepción Giménez viuda de Verón, y sus hijas Lorena Beatriz y María Laura. La disputa verbal fue escalando hasta que Lorena Beatriz empujó a su madre, provocando su caída al suelo.
A raíz del golpe, la víctima sufrió graves lesiones, por lo que fue trasladada a un centro asistencial, donde posteriormente se constató su fallecimiento.
Las investigaciones determinaron que Lorena Beatriz Verón Giménez empujó a su madre, quien cayó de espaldas sobre un piso de bloques de cemento, sufriendo lesiones en la cabeza y en la región torácica izquierda. De acuerdo con el informe de autopsia, la causa de la muerte fue un shock hipovolémico secundario a traumatismo torácico cerrado.
En su acusación, el Ministerio Público sostuvo que se logró comprobar la comisión de los hechos punibles de homicidio doloso y violencia familiar por parte de la condenada, para quien solicitó una pena de 30 años de prisión.
El fiscal interviniente fundamentó el pedido señalando que la acusada, en el momento del hecho, se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales y comprendía la ilicitud y el alcance de su conducta.
La mujer debe cumplir su condena en el Complejo Penitenciario de Mujeres en Emboscada, que según el cómputo preliminar durará hasta el año 2041. En el mismo juicio, el Ministerio Público pidió el sobreseimiento definitivo de la hermana de la ahora condenada, María Laura Verón Giménez, de 29 años, de profesión médica.



