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Tribunal condena a exministro de la SEN a ocho años de prisión

El exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) fue hallado culpable de los hechos punibles de lesión de confianza, lavado de dinero y co…

| Por La Tribuna
Joaquin Roa (izq), exministro de la Secretaría Nacional de Emergencia, durante el juicio.

El exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) fue hallado culpable de los hechos punibles de lesión de confianza, lavado de dinero y cohecho pasivo agravado (coima). Un Tribunal de Sentencia le condenó a 8 años de prisión y al empresario Alberto Koube a 6 años de cárcel.

El ministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquin Roa, fue condenado ayer a 8 años de prisión y el empresario Alberto Koube a 6 años de prisión, en un juicio que surgió como derivación de las investigaciones del caso A Ultranza Py.

Roa y Koube fueron condenados por lesión de confianza, lavado de dinero, administración en provecho propio y cohecho pasivo agravado (coima). En el caso de Koube, la administración de provecho propio es en carácter de instigador, mientras que en el caso de Roa es como autor. Se demostró en juicio que Roa dirigió licitaciones que favorecieron directamente a Koube entre los años 2018 y 2021.

Roa ejerció la presidencia de la SEN en dichos años durante el gobierno de Mario Abdo Benítez. El Tribunal de Sentencia estuvo integrado por las magistradas Elsa García (presidente), Sonia Sánchez y Elsa Rodríguez.

Según la magistrada García, en el juicio se probó que la operación entre Roa y Koube se dio en que el primero le hacía ganar las licitaciones y que el segundo le entregaba a cambio algunos bienes, como un yate Azimut AZ42 y el pago del tour por Europa.

Esto se basó en la acusación que el fiscal Silvio Corbeta presentó en el juicio. Según el documento, Koube fue invitado en el 2021 al casamiento de una de las hijas de Joaquin Roa. Allí consta que el empresario le regaló a la hija de Roa un tour por Europa por valor de 13.300 dólares, aunque él no pudo asistir al evento.

Por otra parte, la operación de favorecer a Koube en las licitaciones causó un perjuicio al patrimonio del Estado de 805 millones de guaraníes, según el citado tribunal que consideró que quedó probada la coima con bienes para Roa de parte de Koube.

Si bien, la defensa rechazó la acusación de la coima, la jueza Sonia Sánchez explicó que Koube y Roa trataron de que la coima aparezca como un hecho regular, para que no aparezca como tal. En ese sentido, ambos hicieron un contrato de compraventa donde aparece el Grupo Tapiracuai SA como la empresa que vendió a Roa la embarcación.

Sin embargo, la magistrada dice que los informes y documentos recogidos demostraron que todo eso fue una operación para disimular una compra venta, porque no existen recibos ni pagaré al respecto en la empresa Tapiracuai, propiedad de Koube.

Tampoco existen documentos que demuestren que se haya pagado impuestos por la embarcación en la Secretaría de Tributación (SET) ni registro alguno en la Prefectura Naval, explicó.

El empresario fue condenado por soborno agravado, instigador y lavado de dinero. Era Koube el que estaba detrás de las licitaciones, pero además, era él quien tomaba las decisiones y no Roa y era él el beneficiario final. según el fallo.

No solamente la empresa Tapiracuai fue beneficiada con las licitaciones, sino también otras, como Noemacol SA, donde Koube era director, y Distribuidora San Blas, donde era accionista. En síntesis, todas las licitaciones se hicieron para que las empresas vinculadas a Koube sean las beneficiadas, según el fallo. Es más, añadió que un total de 10 adjudicaciones fueron a favor de las empresas de Koube.

En cuanto a los mensajes que fueron detectados de los diálogos entre Roa y Koube, algunos ejemplos fueron: “Te quiero enviar un sobre”. “Te envío algunas cosas, así no te olvidas de tu amigo” y “Tengo las cosas para entregarte, ¿cómo hacemos?”.

Según el tribunal, estos mensajes entre ambos son las pruebas de que Koube planificó y coordinó la entrega de beneficios con la idea de obtener resultados económicos para sus empresas. La magistrada indicó que al ser Roa el titular de la SEN, no cuidó el patrimonio del Estado y administró en provecho propio.

El fallo destacó que lo que Roa decidió administrativamente significa violación o lesión de deberes, porque Roa perdió de vista su deber de gestionar correctamente el dinero público.

El tribunal ordenó la inhabilitación de Roa para ocupar cargos públicos y el comiso del yate cuya compra no se justificó con los documentos.

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