El condenado admitió el hecho y devolverá G. 50.000.000 a la municipalidad de Asunción en 24 pagos, además donará G. 10.000.000 en su solo pago a la Dirección de Bienestar Personal dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Corte Suprema de Justicia, en concepto de reparación del daño social.
Según la acusación de los fiscales, Jorge Luis Arce, Marlene González y Silvio Corbeta, Edwin López Cattebeke en su carácter de director general de Administración y Finanzas intervino de manera directa en supuestos hechos irregulares en torno a los fondos de la municipalidad para la compra de materiales, insumos y productos de limpieza (detergentes, saturometros, toallitas, desinfectantes) durante la emergencia del covid-19 convocadas por la Dirección General de Riesgos y Desastres en los ejercicios 2020 y 2021. Sin embargo, según la Fiscalía, los productos nunca ingresaron a la municipalidad, siendo inexistentes o falsos los actos de recepción y remisión presentados por la dependencia.
Los fondos para el llamado se encontraban aparentemente previstos en el Presupuesto General de la Municipalidad de Asunción para el ejercicio 2020, asignado a la Dirección General de Gestión y Reducción de Riesgos de Desastres, en el objeto de Gasto 830, subgrupo 831 “Aportes a entidades con fines sociales y al fondo nacional de emergencia”, por un monto mínimo de G. 500.000.000 y un monto máximo de G.1.000.000.000.
Igualmente, refiere la imputación que las empresas proveedoras habrían causado daños patrimoniales cuantiosos en la adquisición de los productos detallados en los documentos, entre otras irregularidades. Respecto al producto “detergente” de procedencia francesa perteneciente a la firma Alkapharm, esta firma había certificado que la empresa Genemed SA es la única representante y distribuidora para todos sus productos en Paraguay, no así la firma Cova de donde supuestamente se compraron los productos de limpieza.
En ese sentido, conforme a las documentaciones de ventas previstas, se desprende de la firma Cova, que nunca habría adquirido los productos que los mismos ofrecía. Así también, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios había informado que la firma Cova no registra antecedentes de inscripción como persona vinculada a la actividad aduanera ni ha importado artículos de limpieza para desinfección, por tanto, no habría importado y/o comprado productos de procedencia francesa.


