Judiciales

Corte rechazó recusación de Cubas contra camaristas 

El ex senador Paraguayo Cubas no logró su pretensión de apartar a magistrados de su juicio por perturbación de la paz pública. Cubas tiene un proceso…

| Por La Tribuna-

El ex senador Paraguayo Cubas no logró su pretensión de apartar a magistrados de su juicio por perturbación de la paz pública. Cubas tiene un proceso judicial por las protestas que encabezó frente a la sede central de la Justicia Electoral, en el 2023.

El juicio empezó en primera instancia y fue hasta el Tribunal de Apelación, donde Cubas dijo que los jueces deben separarse de su caso porque omitieron elementos que favorecían a su defensa.

Sin embargo, la Sala Penal de la Corte sostiene que no hay ningún motivo para apartar a los miembros del Tribunal de Apelación y que ellos cumplieron a cabalidad con sus funciones al estudiar el recurso presentado por Cubas.

El Tribunal de Apelación, cuestionado por Cubas, está integrado por Digno Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias Maldonado, y Adriana María Giagni Rojas.

El ex senador fundamentó que los mencionados magistrados son parcialistas, que solamente valoraron los hechos que van en su contra y omitieron todos los elementos favorables a su defensa. Por esta razón, ellos deben separarse de su caso, señaló.

Sin embargo, la Sala Penal de la Corte dijo que los argumentos de Cubas no corresponden jurídicamente. El ministro Luis María Benítez Riera indicó: “El hecho de que los magistrados hayan tomado una decisión sobre una cuestión jurídica sometida a su competencia, de ninguna forma puede ser considerado como un motivo válido para apartar a los mismos de la causa".

El ministro agregó que "mal se podría separar a un magistrado de una causa, justamente por cumplir con su obligación, máxime tratándose de un Tribunal de Apelaciones”. Benítez Riera fue preopinante de la Sala Penal de la Corte.

Sigue diciendo Benítez Riera que el escrito de recusación presentado por Cubas, revela "la mera disconformidad del justiciable con lo antes resuelto por los integrantes del órgano jurisdiccional, lo cual, evidentemente, no es un motivo válido para separarlos", señaló.

Votaron en el mismo sentido, los ministros Manuel de Jesús Ramírez Candia y Carolina Llanes, miembros de la Sala Penal de la Corte.

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