Cronología:
1. El cuerpo legislativo que la expulsó fue conformado en elecciones libres y soberanas.
2. Fue organizada y juzgada por una de las instituciones más sólidas del mundo: la Justicia Electoral.
3. Ocurrió el 14 de febrero del 2024, ocasión en que la exsenadora no consiguió ni un solo voto a favor de su causa.
4. Tuvo 23 votos en contra, hubo 7 abstenciones y 15 ausencias.
5. Ante eso, recurre la inconstitucionalidad.
6. Argumenta violación del debido proceso, criticando el reglamento utilizado, y que no tuvo derecho a la defensa.
7. El pasado lunes 8 de junio del 2026, la Corte rechazó la inconstitucionalidad.
8. Una controversia es que meses antes del hecho, en diciembre del 2023, el Senado aprobó un reglamento que estipulaba una mayoría de 30 votos para destituir a un parlamentario.
9. La accionante basó su demanda en que no se cumplió con la Resolución N° 429 de ese 20 de diciembre del 2023, emitida por Senadores.
10. Para la mayoría de la CSJ, los dos tercios (30 votos), requerida por Resolución N° 429/2023, no se encontraba vigente al momento del juzgamiento. Sostiene que el art. 11 de la 429/2023 entraba en vigencia “al día siguiente al de su aprobación”.
11. Para los ministros, dicha resolución fue aprobada, como primer punto del “orden del día”, en la misma sesión en la que se juzgó la pérdida de investidura: el 14 de febrero del 2024, hecho que fue puesto de resalto por la misma accionante en su escrito de demanda.
12. Entraba a regir al día siguiente al de su aprobación: el día 15 de febrero del 2024; por ende, no se encontraba vigente el 14 de febrero.
13. En dicha fecha de la sesión hubo la expulsión y, como punto previo, en la misma sesión se aprobó la Resolución 429.
Posiciones:
La Resolución N° 429/2023 exige que la pérdida de investidura se diera con el voto con una mayoría calificada: mayoría absoluta de dos tercios (30 senadores sobre 45, que es el total de senadores que integran la Cámara).
La exparlamentaria se agravió que fue expulsada únicamente con el voto de 23 senadores. Alegó, en todo momento, que la Resolución 429 ya se encontraba vigente al momento de su juzgamiento.
Los ministros, ante eso, responden que la aprobación de la Resolución 429 se produjo el mismo día del juzgamiento –14 de febrero del 2024– y empezó a regir al día siguiente; en consecuencia, no era aplicable.
Fundamentan más diciendo que contraviene disposiciones expresas de la Constitución, entre los que se señala la exigencia de un voto con mayoría calificada (mayoría absoluta de dos tercios, contando el número total de integrantes del Senado; es decir, 30 senadores de 45), cuando el art. 185 de la Constitución indica que cuando la Constitución no requiera una mayoría especial para la cuestión a resolverse, se aplicará la mayoría simple (la mitad más uno de los miembros presentes).
Kattya González igualmente apunta que no tuvo derecho a la defensa. La Corte afirma, en ese punto, que tampoco hubo transgresión. Alega que tuvo oportunidad de pronunciarse, que estuvo presente, “como así mismo fue escuchada”, pero que luego no ejercitó su defensa, no ofreció prueba ni solicitó prórrogas por decisión propia.
Conclusión:
Como podrá verse, en la discusión actual poco o nada se habla del fondo: el posible tráfico de influencias, concentrándose sobre el Reglamento. Lo cierto es que al haber ya el fallo de la máxima instancia judicial, nada podrá variar, y todo queda en el espacio de las opiniones.
Será bueno observar el desarrollo de lo que se viene con la salvedad de entender que lo que fluye en el ambiente es, muchas veces, diferente a lo que se proyecta en el silencio y hasta entre bambalinas. Los resultados del domingo pasado, tanto en la ANR como en el PLRA, dejaron el mensaje, a quien lo quiera entender, que el rugir de voces no garantiza el éxito electoral.
Mirando el horizonte, lo seguro es que la Corte Suprema de Justicia, como cuerpo, como institución, no hablará más del caso. Lo que podrá devenir es que parte de la oposición siga con el discurso que “no hay Estado de derecho”. Mientras ella busca así espacios de prensa con el referido tema, el Partido Colorado seguirá afiliando y visitando a su gente para mantenerse en el poder en el 2028.
Cualquier similitud con la realidad que pueda pasar, será pura casualidad...
EL SEMÁFORO DE LA TRIBUNA
Verde:
STARLINK PARA 1.600 ESCUELAS RURALES
Una apuesta de conectividad para escuelas rurales, zonas del Chaco y comunidades aisladas. El dato fuerte es el alcance: más de 50.000 estudiantes y docentes podrían acceder a internet de alta velocidad.
Amarillo:
ATOME Y ANDE : INDUSTRIALIZACIÓN CON DEBATE TARIFARIO
El Gobierno defiende la tarifa de USD 30/MWh para atraer fertilizantes verdes, mientras gremios de la Ande hablan de subsidio. El tema tiene potencial positivo si se explica como industrialización energética.
Rojo:
BANCO ATLAS E IPS: USD 26 MILLONES AL MES A COSTO CERO
El banco Atlas dispone de hasta G. 160.000 millones mensuales del IPS sin pagar intereses. El contraste es grave: dinero de asegurados retenido mientras hospitales reclaman insumos, camas y medicamentos.


