Los argumentos a favor del proyecto de Ley que crea la Superintendencia de Jubilaciones

El Senado informó que la propuesta legislativa tiene por objeto la regulación y supervisión prudencial de la manera en la que administran los recursos financieros y no financieros de las Entidades de Jubilaciones y Pensiones (EJP) de naturaleza pública y privadas del país.

A través de la regulación y supervisión, la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones creada en los términos del artículo 4 de la presente ley, deberá velar por una adecuada y prudente administración, por parte de los órganos de dirección de las EJP supervisadas, buscando que los recursos de los fondos de jubilaciones y pensiones se administren bajo los criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad.

El senador Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, argumentó por el dictamen de modificaciones, que fue lo aprobado. En ese sentido, señaló que se crea un Consejo de Seguridad Social y que los trabajadores estarán representados en el Consejo de la Superintendencia. Asimismo, dijo que todos los administradores pueden tener responsabilidad civil y penal.

Unite al canal de La Tribuna en Whatsapp

Actualmente no existe control

La senadora Lilian Samaniego, ratificó que este proyecto es importante porque actualmente no existe el control de las inversiones en las entidades jubilatorias del país. “La Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones sirve para cuidar el ahorro de todos los trabajadores y los jubilados. Lo que implica un avance en la protección de los ahorros de miles de paraguayos”, afirmó.

Agregó que el proyecto tiene por objeto supervisar los recursos financieros y no financieros de las entidades jubilatorias y pensiones de naturaleza público-privada que tiene el país.

Las modificaciones incorporadas

En el estudio en particular del proyecto, los senadores Arnaldo Samaniego, Lilian Samaniego y Yolanda Paredes, plantearon modificaciones al artículo 31, allanado por el senador Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Legislación. La misma quedó redactada de la siguiente manera: “Ningún funcionario estará exento de responsabilidad por su acción u omisión en el desempeño de sus funciones”.

Asimismo, a propuesta del senador Arnaldo Samaniego, se aprobó modificar el artículo 43, a fin de que no se interprete que el IPS pueda otorgar préstamos al Estado, en ninguna de sus formas.

Es así que, se plantea que el Consejo de Administración dispondrá de una elaboración de un programa de inversiones y colocaciones financieras de las reservas del IPS a fin de preservar el valor de las mismas, la renta generada por las mismas será destinada a reforzar el fondo común de jubilaciones y pensiones y a otras que el Consejo determine.

No concederá prestamos al Estado

Se propone además que el IPS no concederá préstamos al Estado, ni a los entes descentralizados, ni a las municipalidades, de igual manera no podrá instrumentar operaciones con bonos o cualquier otro tipo de título de deuda emitido por el Estado paraguayo. Ninguna disposición de la presente ley implica la derogación de la ley al acceso a la información pública, en cuanto a la obligación de publicación de información; sin perjuicio del deber de secreto previsto en el artículo 30 de la presente ley.  El Pleno aprobó con modificaciones el proyecto de Ley y lo remitió a la Cámara de Diputados, para su estudio y consideración.

Cabe mencionar que, la propuesta de ley fue remitida según Mensaje N° 41 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 23 de noviembre de 2023.

Otros fundamentos

Oscar Lovera, viceministro de Administración Financiera, indicó que este proyecto es resultado de un trabajo de discusión con todas las partes vinculadas a este proceso. Mencionó que la raíz de esta iniciativa parte de la premisa de salvaguardar la administración de los recursos de los aportantes que permitan en un futuro una vida de calidad a los jubilados.

“La idea se logra por medio de un ente de control que provea reglas claras y herramientas de supervisión. Con este proyecto se instaura un Consejo que trabaje en ese sentido que promueva inversiones correctas y cumpla con la seguridad, liquidez y rentabilidad para cubrir las futuras pensiones”, expresó.

Es una exigencia constitucional

Marco Aurelio González, procurador general de la República, dijo que este proyecto de Ley es más que necesario porque es una exigencia constitucional ante la falta de reglamentación del artículo 95 de la Constitución Nacional.

“Este proyecto surge después de un largo debate desde 2016 y nace de las principales centrales obreras, empresas y jubilados, queremos recoger las exigencias y centrarnos en los puntos común, inclusive los que critican están de acuerdo con que hay que tener un ente de control”, manifestó.

Mucho de lo que se dice no es cierto

El senador, Dionisio Amarilla, celebró el debate y análisis constituido durante el tratamiento de este proyecto y mencionó que esta iniciativa surgió hace muchos años atrás bajo diversos análisis multidisciplinarios.

“Este proyecto tiene años de ser evaluado, mucho de lo que se dice no es cierto. Las cajas con sus respectivas cartas orgánicas y su consejo administrativo van a seguir funcionando”, señaló.