El Colegio de Contadores del Paraguay ha recibido cuantiosas notificaciones de empresas, quienes alertan a los miembros del gremio sobre posibles duplicaciones de facturas e incluso clonaciones de las mismas, así como inconsistencias en el momento del control fiscal.
En comunicación con La Tribuna, la contadora Alba Talavera, miembro del gremio de contadores, manifestó que la mayoría de estas notificaciones de inconsistencias se atribuyen a los contadores de los distintos proveedores, es decir, por un error humano en el momento de la carga de información. La profesional refiere que desde la Administración Tributaria de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), no pueden ejercer una presión para rectificar estos documentos, sin antes corroborar las supuestas irregularidades que estén sucediendo.
La profesional indica que, en caso de clonación de facturas, lo que las empresas o los contadores de las mismas deben hacer es rectificar la prestación del Impuesto al Valor agregado (IVA), así como las Declaraciones Juradas (DDJJ) del impuesto a la renta empresarial.
“Existen casos y casos en donde solo dan diez días de plazo para la rectificación de las facturas, pero no siempre se pueden hacer esos controles dentro de ese tiempo”.
Asimismo, explicó que estos reclamos de inconsistencias en muchas ocasiones son enviados al cliente y no al proveedor, lo que hace que la problemática crezca para el control, con un mensaje que reza lo siguiente: “se ha detectado una inconsistencia en la factura declarada por usted en su libro compra, donde registraron datos que difieren los registrados por los titulares, haciendo mención a los proveedores. Lo que implica una afectación a la determinación de su crédito fiscal y en consecuencia le afecta al IVA e incluso a las DDJJ”. Mencionó que, para poder dar una respuesta a la DNIT se debe realizar muchos pasos y una vez que se concreten estos, recién el contador puede hacer las gestiones pertinentes, llevando las pruebas necesarias para lograr llegar a la solución correspondiente.
“Más de 300 notificaciones fueron remitidas hasta ahora, pero el problema está en cómo llega la comunicación. El trabajo ideal sería que yo, como contadora del proveedor pueda tener una comunicación con la otra parte que maneja la contabilidad afectada y ver en qué nos equivocamos, puede ser en el monto, número de factura, razón social, RUC, entre otros. Después de eso, yo puedo responderle a la DNIT y al mismo tiempo, la otra parte afectada”, expresó.
Otro caso que se encuentra presente es el de la clonación de facturas, en donde los pasos para la solución de la problemática son otros.
“Vos le llamás a tu contribuyente y hablás con la contadora, dando tus argumentos, desde la firma deben corroborar los datos para ver si no se trata de una clonación de facturas, ya que la información podría diferir completamente de lo que uno cuenta como cliente. En ese caso particular, no hay otra solución más que rectificar el IVA, pagar los recargos impositivos de la fecha en la que se registró mal y tener en cuenta que esto le afecta a la renta comercial, que al mismo tiempo debe ser rectificada, por medio de expedientes”.
Asimismo, explicó que las duplicaciones de facturas solo se pueden dar cuando las personas o empresas aún no cuentan con la autoimpresión de los documentos. Mientras que, la clonación de facturas, se da cuando un agente autoimpresor puede constatar la existencia de otro documento similar, pero con distintos montos o razones sociales.
La profesional insta a los contadores que al toparse con algunos de estos problemas, puedan comunicarse con la otra parte afectada, porque a ambos les debe llegar la notificación y se debe realizar los trabajos en conjunto, porque la afectación final es para el emisor como para el receptor.
“Por medio del Registro Electrónico de Comprobantes de Ventas y Compras del sistema "Marangatu" (RG90/22) se detecta las inconsistencias entre las transacciones de A y B, eso en el caso de cuando se cometen errores humanos, pero el trabajo en el caso de las facturas clonadas debe ser el mismo, tanto el emisor como el receptor deben ser notificados”, concluyó.


