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domingo, 8 de junio de 2025
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Nueva ley migratoria argentina genera preocupación en frontera

ENCARNACIÓN. Dudas e incertidumbre genera en distintos sectores la aprobación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, de reforma migratoria, dictado por el gobierno argentino, que establece restricciones para la residencia de extranjeros y acceso a servicios como salud y educación. Una primera lectura es que afectará el flujo de personas en la frontera.

Para el presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Encarnación (CACISE), Conrado Kiener, la normativa significará necesariamente un impacto en las relaciones comerciales y familiares en frontera.

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Seguro médico obligatorio y restricciones educativas

Todavía se sabe muy poco de cómo aplicaría y los alcances, y si bien cada país tiene la potestad de poner lo que se le ocurra, “esto no hace bien al relacionamiento, al libre tránsito”, señaló el dirigente gremial.

Hay mucha gente que no podría contratar un servicio de este tipo (seguro médico), y no podría pasar al otro lado de manera legal. Esto obligará a que aquellos que necesiten ir y no puedan cruzar por los puestos fronterizos lo hagan “en canoa”, de forma ilegal, señaló.

El puente internacional «San Roque González de Santa Cruz» es el paso fronterizo de mayor flujo entre Paraguay y Argentina.

Los que pueden pagar el seguro probablemente irán, pero de compras y paseo eventual la mejor opción sería quedarse en nuestro país, apuntó.

Algunos sectores sugirieron una eventual represalia contra Argentina, planteando aplicar medidas similares desde Paraguay, aunque la posición oficial descarta una réplica de ese tipo. Kiener mantiene la esperanza en que esto no se aplique, ya que desde el sector comercial consideran que una reacción adversa contra Argentina sería contraproducente.

Sostienen que Paraguay debe mantener una política aperturista, dado que el flujo de visitantes extranjeros, especialmente desde el país vecino, resulta clave para la actividad económica.

Rechazo de Bloque de Intendentes

Otra de las organizaciones que reaccionó en forma negativa contra la nueva regulación migratoria fue Bloque Regional de Intendentes, Prefeitos, Alcaldes y Empresarios del Mercosur (BRIPAEM), organismo que nuclea a representantes de municipios y del sector privado de varios países de la región.

Nuestra posición es de rechazo a la medida, creemos que atenta contra el espíritu de integración que anima al Mercosur, y una traba al relacionamiento de los pueblos, sostuvo Ramón Ortellado, secretario general del organismo de carácter civil que reúne a representantes del sector público y privado.

Refirió que el organismo está preparando un comunicado con una posición oficial de todos los integrantes del Bloque. El BRIPAEM es presidido actualmente por Lovisario Luiz de Lorenzi, representante de la industria cárnica del Brasil.

Qué dice el DNU de Milei

El decreto 366/2025 dictado por el presidente Javier Milei, publicado en el Boletín Oficial el 29 de mayo pasado, introduce reformas a la ley migratoria número 25.871. Fija criterios estrictos para la residencia de extranjeros, y la facilitación de los procesos de deportación para quienes cometan delitos.

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El artículo 9 del decreto sustituye el artículo 34 de la Ley de Migraciones número 25.871, y ordena que «A fin de ingresar en el territorio nacional, los extranjeros que soliciten admisión bajo cualquiera de las categorías migratorias previstas en la normativa vigente deberán presentar una declaración jurada en la que manifiesten el propósito de su ingreso, que cuentan con un seguro de salud para atender sus necesidades médicas y las demás condiciones que establezca la reglamentación»

Requisitos para el ingreso a la Argentina.

La categoría de admisión de extranjeros está regulada en el artículo 25 de la citada ley, y determina las categorías de “residente temporario” o “residente transitorio”. Éstos están habilitados a permanecer durante el plazo otorgado, y deberán abandonar el país a su término.

Derechos para los migrantes

El artículo 2 del DNU 366 sustituye el artículo 7 de la Ley de Migraciones, que queda redactado de la siguiente forma: “Los extranjeros tendrán derecho, aun cuando su condición migratoria fuera irregular, a ser admitidos como alumnos en un establecimiento educativo inicial, primario o secundario, ya sea público o privado; nacional, provincial o municipal, para lo cual su situación migratoria no podrá ser causa de discriminación alguna…”.

Añade que “…Las autoridades de los establecimientos educativos deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria”.

Otro punto significativo está contenido en el artículo 3 del decreto 366, mediante el cual se sustituye el artículo 8 de la Ley de Migraciones. Este artículo prevé: “En casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”.

Este mismo artículo del decreto ordena que por fuera de los supuestos establecidos en los párrafos precedentes, “en los establecimientos que brinden atención sanitaria administrados por el Estado Nacional, solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio, de conformidad con las condiciones que establezca el Ministerio de Salud”.

El mito de la atención médica

Entre los considerandos del decreto 366 se habla de los costos que los recursos del Estado argentino deben absorber en materia de atención médica a extranjeros.

En el caso de Itapúa y su larga frontera con la provincia de Misiones  a través del río Paraná, es una realidad incontrastable que muchas personas de escasos recursos acuden a los hospitales públicos argentinos en busca de una atención médica que no encuentran en nuestro país.

Hospital «Ramón Madariaga» de la ciudad de Posadas, Argentina. Muchos paraguayos acuden al lugar por su calidad de atención.

También es real el argumento de que muchas mujeres paraguayas incurren en el “turismo de natalidad” y prefieren parir sus hijos en hospitales argentinos para que accedan a la documentación de dicho país, y a través de eso a numerosos beneficios sociales.

Paraguayos pagan por servicios en hospital de Posadas

Un fenómeno que se da en esta frontera es que muchos ciudadanos paraguayos prefieren acudir al hospital público de la vecina ciudad de Posadas para recibir atención médica. El hospital escuela “Ramón Madariaga” es un centro de alta complejidad, y tiene ganada fama de ofrecer una atención excelente y de calidad a los pacientes.

Sin embargo, y atendiendo a declaraciones al periódico “Misiones on line” del cinco de diciembre pasado realizadas por el médico y diputado provincial, Martín Cesino, el número de pacientes extranjeros que acude al hospital es menos del uno por ciento del total de atenciones que brinda el centro asistencial.

Diputado provincial Martín Casino, Misiones, Argentina.

Explicó que la atención en la provincia es universal y se brinda a todo ciudadano, ya sea misionero, de otra provincia o de otro país, que requiera atención de urgencia. Para el caso de los extranjeros que no fijan residencia en el país existe un arancel que se debe pagar.

Esta norma rige desde el año 2021, los aranceles tienen carácter hospitalario, y los extranjeros acuden a los servicios por su mejor calidad y fiabilidad.

Editorial

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