Muchos artistas cuando caen enfermos se ven obligados a recurrir a la caridad para poder costear sus gastos de intervención quirúrgica y de internación. Se organizan festivales y otras actividades para poder ayudar al enfermo, que seguramente antes, cuando se encontraba con salud, prestó su arte para ayudar a quien necesitaba. Una cadena de caridad y carencia que se repite por años. Con la Ley del Seguro Social del Artista se busca cambiar esta realidad.
Luego de quince años de su promulgación, la Ley Nº 4199/2010 del Seguro Social del Artista será implementada. Este logro, que se ha demorado por tantos años, será posible debido al trabajo en conjunto de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC), el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) y el Instituto de Previsión Social (IPS).
En sesión de Consejo del IPS se aprobó ayer la implementación efectiva de los procedimientos de la Ley Nº 4199/2010 del Seguro Social del Artista, permitiendo que los creadores y trabajadores culturales accedan por primera vez a la cobertura del Instituto de Previsión Social. Los procedimientos fueron definidos conjuntamente entre las entidades mencionadas y los sectores que integran la Comisión de Certificación, instancia encargada de evaluar y validar a los beneficiarios del seguro social.
La decisión representa un avance en materia de derechos culturales y laborales para el sector artístico del Paraguay. Por primera vez, quienes se dedican al arte y a la cultura serán incorporados al sistema de seguridad social, un paso que dignifica su labor y los reconoce como trabajadores con pleno valor social y económico.
Históricamente, la labor artística no era considerada como una profesión, sino como un hobby. Muchos jóvenes que querían abrazar una profesión artística debían estudiar alguna profesión liberal o dedicarse a un oficio no solo para tener un ingreso fijo de dinero, sino presionado por la misma familia y la sociedad que no veía a la música, al teatro u otra disciplina artística como una profesión.
Poco a poco las enseñanzas artísticas fueron institucionalizándose, con cátedras universitarias y licenciaturas y la creación de esta ley se suma al reconocimiento de las artes como profesión.
La medida no solo puede evitar recurrir a la caridad para las situaciones de urgencia y enfermedad, sino también puede evitar que los músicos dependan de alguien poderoso para subsistir, dejar de ser “serenateros”, y poder crear con mayor libertad.
El proceso se consolidó mediante los procedimientos aprobados por la mesa interinstitucional y la Comisión de Certificación —creada por la Ley Nº 4199/2010 y modificada por la Ley Nº 6871/2021—.
Próximamente se darán a conocer los procesos oficiales y los períodos correspondientes, con el objetivo de concretar las primeras inclusiones y permitir que los artistas accedan a los beneficios del Instituto de Previsión Social. En el marco de este proceso, los interesados pueden manifestar su intención a través de la plataforma Téra, el registro nacional de artistas, gestores y organizaciones culturales, disponible en www.tera.cultura.gov.py. Cada solicitud será evaluada por la Comisión de Certificación.


