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La vigencia del reglamento fue tema neurálgico para Corte en caso Kattya

El presidente del máximo tribunal de la República, Alberto Martínez Simón, se refirió en su voto sobre cada reclamo que hizo la exsenadora Kattya González en la demanda contra la resolución del Senado que la destituyó de este cuerpo legislativo.

| Por La Tribuna
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Alberto Martínez Simón, presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ),Alberto Martínez Simón, ministro de la Corte Suprema.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, señaló que la aclaración sobre la vigencia del reglamento del Senado (resolución 429/2023) aplicado en la destitución de la exsenadora, Kattya González, fue un tema neurálgico para los ministros en el momento de dictar el fallo contra la acción de inconstitucionalidad que la misma promovió en busca de su regreso al Senado.

Los argumentos de Martínez Simón, en este punto fueron fundamentales y obtuvo el acompañamiento de sus colegas Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes, César Diesel y en parte, el camarista Miguel Rodas Ruíz Díaz. Rodas y Esteban Kriskovich, otro camarista, votaron con otros criterios; aún así, los seis mencionados llegaron a la misma conclusión de rechazar la acción de inconstitucionalidad. Por eso hubo mayoría de seis votos contra tres.

La resolución 429/2023, según interpretó Martínez Simón, dispone que su entrada en vigencia se dará al día siguiente de su aprobación. El Senado aprobó el 20 de diciembre de 2023. Luego el receso de las sesiones parlamentarias fue a partir del 21 de diciembre del 2023. La siguiente sesión del Senado fue el 14 de febrero del 2024. Recién el 15 de febrero del 2024 entró en vigencia la citada resolución.

Kattya González fue destituida el 14 de febrero de 2024. Ella sostiene que el reglamento estaba vigente y que por eso invocó eso como fundamento de la acción de inconstitucionalidad. Sin embargo, varios de los ministros interpretaron lo contrario. Martínez Simón sostuvo que el reglamento estaba vigente a la hora de la destitución.

Para los seis ministros citados, esta situación quedó aclarada. Luego cada ministro hizo su interpretación sobre la mayoría de votos que debe ser aplicada. Para Rodas la Constitución establece mayoría de 23 votos y el Senado aplicó correctamente la Carta Magna, porque es superior a un reglamento. Esta fue su interpretación.

Martínez Simón explicó en otro apartado que un tema fundamental en la toma de decisión del caso Katya González es que la Corte siguió la misma línea aplicada en casos anteriores al de la exsenadora, sosteniendo que las resoluciones sancionatorias de las cámaras del Congreso Nacional, salvo el cumplimiento de la formalidad aplicada, no son escrutables judicialmente.

Martínez explicó que la Corte no se pronuncia sobre la decisión del Senado de destituir a sus miembros. Es su atribución privativa y discrecional, indicó. Sin embargo, señaló que la Corte decidió que puede estudiar una acción de inconstitucionalidad cuando la congresista sancionada impugna cuestiones formales del acto de juzgamiento y resolución.

Eso significa, que la Corte puede analizar si hubo quorum, el porcentaje de votos para la aplicación de sanciones y el efectivo ejercicio de la defensa o la oportunidad de hacerlo. Con respecto, a este punto de la postura institucional de la Corte no hubo discrepancias sino en los análisis puntuales de los aspectos formales.

Por ejemplo, para la mayoría de 6 votos, Kattya González tuvo derecho a la defensa y ella no ejerció como debió hacerlo. Y al no ejercerlo no se puede considerar este hecho como agravio. Para la minoría, ella no tuvo derecho a la defensa. No todos tuvieron el mismo criterio, pero la mayoría votó por el rechazo de la demanda y se impuso.

Víctor Ríos, ministro de la Corte Suprema.
Víctor Ríos, ministro de la Corte Suprema.

Ríos dice que hubo violación del debido proceso

El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos, convocó ayer a conferencia de prensa para explicar su voto a favor de la admisión de la acción de inconstitucionalidad promovida por la ex senadora Katya González. Señaló que el Senado destituyó a González violando el debido proceso.

Ríos explicó que aunque la pérdida de investidura es una decisión política, el procedimiento aplicado por el Senado debió respetar las garantías constitucionales.

Ríos sostuvo que el reglamento que el Senado usó para la destitución de la ex senadora, Kattya González estaba vigente al momento de su destitución; contrariamente a la interpretación de la mayoría de los ministros.

Ríos coincide con el presidente de la Corte, Alberto Martínez Simón, en el sentido de que el máximo tribunal no se expide sobre la expulsión de un legislador sino que verifica si se cumplieron los procedimientos.

Cada Poder del Estado ejerce su función dentro de su competencia y cada uno tiene atribuciones específicas, indicó.

Sin embargo, cuando el ejercicio de un poder del estado amenaza o afecta algún derecho constitucional, el Poder Judicial surge como protector de ese derecho y ninguno escapa del control de constitucionalidad, señaló.

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