La directora de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y Adolescencia del MEC, Sonia Escauriza, explicó para La Tribuna que la normativa vigente en la Ley N.° 5.378 “Que garantiza el derecho del niño y del adolescente que estudia en instituciones educativas de gestión privada”, es la que establece mecanismos para resguardar a los alumnos y evitar situaciones de exposición o afectación emocional dentro de las aulas.
“La deuda corresponde al adulto, no al niño. El colegio tiene derecho a reclamar, pero debe hacerlo con los padres y no haciendo pasar malos momentos a los estudiantes”, sostuvo.
Escauriza indicó que, ante dificultades, el MEC recomienda a las familias primeramente acercarse a las instituciones para establecer compromisos de pago y mantener comunicación con el área administrativa. “No se busca fomentar la irresponsabilidad, pero sí evitar que los chicos queden en medio de conflictos económicos que no les corresponden”, agregó.
La funcionaria señaló además que los casos denunciados son derivados a asesoría jurídica del MEC, donde eventualmente pueden abrirse sumarios administrativos si se comprueba incumplimiento de la ley por parte de las instituciones.
También aclaró que los colegios no pueden retener calificaciones ni documentos académicos como medida de presión. “La ley establece claramente esas prohibiciones”, afirmó.
En relación con comunicados enviados de manera grupal a padres, donde se advierte que alumnos con cuotas pendientes no podrán rendir exámenes, Escauriza sostuvo que ese tipo de mensajes podría representar una exposición indebida de la situación económica de las familias.
La funcionaria insistió en que el diálogo entre padres e instituciones es clave para evitar conflictos y garantizar el derecho a la educación de niños y adolescentes.


