El abogado Milcíades Benítez cuestionó con dureza la vigencia de normativas restrictivas que impiden el aprovechamiento de recursos energéticos estratégicos en la Región Occidental. El profesional del derecho señaló que el debate actual en el Congreso Nacional revive la problemática histórica relacionada con la falta de seguridad jurídica para las inversiones privadas en el territorio chaqueño.
Este freno a las infraestructuras básicas que podrían abastecer de insumos energéticos a las poblaciones desatendidas, fue analizado por el especialista en el transcurso de un diálogo directo frente a los micrófonos del programa Tribu nativa en la sintonía de La Tribu 650 AM.
Antecedentes de explotación en Bahía Negra y el impacto de la retroactividad de las leyes
La historia extractiva en la cuenca chaqueña registra de hecho antecedentes de viabilidad técnica mediante los trabajos impulsados en su momento por la empresa de la familia Cano.
Los estudios geológicos demostraron la existencia real de yacimientos gasíferos utilizables mediante la provisión directa del insumo a los sistemas de generación eléctrica locales. El suministro energético de la lejana localidad de Bahía Negra dependió operativamente del gas extraído en la propia Región Occidental ante la ausencia de redes de distribución de la Administración Nacional de Electricidad.
La modificación legislativa ejecutada en el año dos mil dieisiete amplió el perímetro de protección del parque nacional Médanos del Chaco sobre áreas que ya contaban con permisos de prospección concedidos legalmente.
El marco normativo introdujo una cláusula de prohibición que se aplicó de manera retroactiva paralizando los pozos y confiscando de facto las inversiones de capital en ejecución. El bloqueo jurídico derivado de estas decisiones políticas impidió que el Chaco paraguayo consolide su autonomía energética frente a los mercados de importación de combustibles.
Las iniciativas legislativas anteriores impulsadas por el entonces diputado Edwin Reimer pretendían levantar las restricciones absolutas para viabilizar la reactivación de los proyectos hidrocarburíferos.
Las propuestas parlamentarias sufrieron el rechazo sistemático de las organizaciones no gubernamentales y de la administración del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Los sectores productivos recuerdan que los proyectos de ley naufragaron en las comisiones asesoras debido a la presión mediática fundamentada en argumentos de preservación total sin alternativas técnicas de manejo.
El modelo de explotación sustentable frente al prohibicionismo de los sectores ambientalistas
La superficie protegida del parque nacional abarca en la actualidad una extensión cercana a las seiscientas mil hectáreas bajo un régimen de exclusión absoluta.
El análisis comparativo con los modelos implementados en la vecina República de Bolivia demuestra que la extracción de gas se puede ejecutar mediante interventions reducidas en la superficie boscosa. Las instalaciones industriales requeridas para la operación de un pozo activo demandan un espacio físico real de apenas seis a diez hectáreas de extensión territorial.
La frontera boliviana exhibe un mapa de explotación activa con altos niveles de rendimiento económico mientras que del lado paraguayo las regulaciones vigentes impiden realizar trabajos básicos de prospección.
La autoridad ambiental del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible debería abandonar un prohibicionismo estático para dar paso al establecimiento de condiciones técnicas sustentables y estrictamente supervisadas. La capacidad productiva del país se encuentra amputada por la adopción de relatos proteccionistas que impiden evaluar el verdadero potencial mineral del subsuelo.
Las comunidades indígenas que habitan en las zonas de influencia del parque son utilizadas frecuentemente por las organizaciones no gubernamentales para trabar la aprobación de los permisos correspondientes.
El atraso permanente de las poblaciones nativas se profundiza al privarlas de la oportunidad de integrarse a cadenas productivas que generen regalías directas para su propio desarrollo comunitario. El reconocimiento legal de derechos económicos derivados de la explotación de recursos naturales constituye una práctica común en las naciones desarrolladas del mundo.


