El juez penal de delitos económicos Humberto Otazú señaló en su resolución contra Miguel Ángel (Miki) Zaldívar, presidente del banco Altas, esposo de la directora de Abc Color, Nathalia Zuccolillo, que la Fiscalía cumplió todos los requisitos para sustentar sus sospechas.
La Fiscalía expuso los roles de los imputados en el caso de la investigación de supuesto lavado de dinero denunciado por la Conmebol contra el presidente del banco Atlas, Miguel Ángel Zaldívar, y demás directivos de esta entidad financiera.
Dicha exposición de la Fiscalía fue mencionada nuevamente por el juez Humberto Otazú en su resolución A.I. N° 391 del 4 de noviembre último. En este documento, el magistrado contestó a los imputados que cuestionan el Acta de Imputación fiscal y señaló que los fiscales cumplieron con todos los requisitos al hacer su presentación.
La defensa de Zaldívar fue ejercida por los abogados Alcídes Cáceres, Tarek Tuma y Héctor Cáceres, quienes interpusieron un recurso de reposición y apelación en subsidio impugnando la validez del Acta de Imputación y, por ende, la providencia (resolución de trámite) que dictó el juez por la cual admitió dicha acta.
El principal cuestionamiento a la imputación es que aquí la Fiscalía no mencionó el rol que cada procesado cumplió en el supuesto lavado de dinero; por eso, los mencionados abogados pidieron su devolución o su nulidad. También por eso apelaron la providencia que admitió la imputación.
Al respecto, en la resolución judicial mencionada, el juez rechaza la pretensión de la defensa de Zaldívar y dijo que admitió la imputación porque “se han cumplido los requisitos legales previstos en el artículo 302 del Código Procesal Penal y la acordada de la Corte Suprema de Justicia”.
“Para ser más específicos, el relato fáctico contiene los elementos necesarios para sustentar una sospecha sobre la participación de los imputados en los hechos investigados, estableciendo las circunstancias esenciales como, ¿qué hechos se le atribuyen?, ¿quiénes son los involucrados?, ¿cuándo y cómo ocurrieron los eventos?”, explicó el magistrado en su resolución.
Y agregó que “con referencia a estos cuestionamientos la Fiscalía al momento de sustanciarse la presente audiencia ha manifestado cuanto sigue: El 4 de febrero del 2016, Miguel Ángel Zaldívar preside la reunión del directorio donde se aprueban los fideicomisos. Ese día, el directorio del banco Atlas, presidido por Zaldívar, resolvió aprobar el contrato de fideicomiso ʻMC, Jy M 03ʼ, aprobar el contrato de fideicomiso ʻNC 02ʼ y ratificar su suscripción por parte del banco. El documento lo expresa de manera literal: ʻEl directorio del Banco Atlas SA, integrado por Miguel Ángel Zaldívar (presidente) […] resolvió aprobar y ratificar la suscripción del contrato de fideicomiso […]ʼ”.
Sigue citando la parte del acta de imputación sobre el punto y menciona que “este acto se ejecuta: pese al ROS del 29/05/2015, pese al informe de Seprelad del 02/10/2015, pese al allanamiento del 07/01/2016, pese a que Leoz era considerado cliente de alto riesgo. Pese a no contar con un informe sobre la realización de una debida diligencia ampliada, pese a las irregularidades contenidas en la diligencia realizada. Todo esto permite inferir a que Zaldívar aceptó o consideró posible el origen ilícito de los fondos”.
El magistrado sigue citando el Acta de Imputación para ratificar su contenido: “Finalmente, el 11 de febrero del 2016 se suscriben los fideicomisos aprobados por el directorio, fue consecuencia de su autorización y aprobación”. Se refiere a Miguel Ángel Zaldívar, cuyos abogados estaban participando en la audiencia.
Más adelante, la resolución A.I. N° 391 del 4 de noviembre último expresa: “De igual manera, en atención a lo manifestado por las partes, el Juzgado vuelve a analizar el Acta de Imputación y, lo resuelto en relación a ello, en un primer punto en el proveído del 4 de noviembre del 2025 se observa que la admisión de dicho requerimiento se ha realizado conforme lo dispone el art. 302 del C.P.P. y la Acordada N° 1631 de fecha 30 de marzo de 2022”.
De esta manera, el juez Humberto Otazú ratifica el Acta de Imputación fiscal: “Conforme a lo establecido por el Código de forma, se puede constatar que se han dado todos los presupuestos previstos al requerir una imputación formal en relación al procesado Miguel Ángel Saldívar, se puede observar que se encuentran perfectamente individualizados los supuestos autores del supuesto hecho punible que están siendo investigados en el presente proceso penal, conforme consta en el apartado ʻIdentificación de los Imputadosʼ”.
“También se encuentran descriptos de manera sucinta los hechos que se le son atribuidos al señor Miguel Ángel Saldívar en el apartado denominado ʻRelato de hechosʼ según consta en el acta de imputación”, dijo el magistrado y cita: “Conforme al acta 1860 de fecha 4 de febrero del 2016, el directorio del banco Atlas SA, integrado por Miguel Ángel Zaldívar (presidente), Jorge Vera Trinidad, Cello Tunholl y Eleno Martínez (directores titulares), así como Eduardo Queiroz (director financiero), resolvió aprobar y ratificar la suscripción del contrato de fideicomiso de administración de valores y fuente de pago MC, J y M 03, celebrado con el señor Nicolás Leoz Almirón y los beneficiarios antes citados, designando a banco Atlas SA como fiduciario”.
La escrito continúa: “En esa oportunidad, Jorge Vera manifestó que el fideicomiso propuesto sería para administrar sumas de dinero y eventualmente el pago de las obligaciones del fideicomitente, por lo que el patrimonio autónomo estaría compuesto por valores (CDAs) por el monto inicial de G. 15.649.560.529 y USD 1.469.315,44…”.


