El núcleo del fallo es diáfano: entre mayo de 2018, cuando entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y en 2023 Meta explotó masivamente la información de los internautas para perfilar su comportamiento y ofrecer anuncios a medida sin recabar el consentimiento específico que exige la normativa europea. Esa vulneración del RGPD no es, para el juez, un matiz técnico, sino el origen de una “ventaja competitiva significativa” que la prensa digital española —obligada a cumplir la ley al milímetro— no podía igualar en el mercado publicitario.
La demanda fue presentada a finales de 2023 por la Asociación de Medios de Información (AMI) en nombre de más de 80 cabeceras, que hoy se concretan en 87 editoras y agencias de noticias. Los medios reclamaban el lucro cesante derivado de ese desequilibrio: mientras ellos veían restringido el uso de datos por el RGPD, Meta habría construido, a espaldas de la normativa, un gigantesco repositorio de información sobre los usuarios españoles. El juez estima ahora que la compañía ingresó en España más de 5.281 millones de euros con su negocio publicitario online entre 2018 y 2023 y, ante la negativa de la tecnológica a aportar sus cuentas, da por buenas las cifras procedentes de estudios oficiales sobre el mercado.
Sobre esa base, la sentencia fija una indemnización de 479 millones de euros para los medios integrados en AMI, a lo que se suman 60 millones adicionales en concepto de intereses legales. Además, el fallo reconoce 2,57 millones de euros al Grupo Europa Press y 13.563 euros a Radio Blanca. En conjunto, la condena supera los 620 millones de dólares y se aproxima a la cantidad inicialmente reclamada por los demandantes, que cifraban el perjuicio por competencia desleal en torno a 550 millones de euros.
El razonamiento jurídico se apoya en el artículo 15.1 de la Ley de Competencia Desleal, que considera ilícito aprovechar en el mercado una ventaja obtenida infringiendo normas. En este caso, la infracción del RGPD habría permitido a Meta alimentar durante años una sofisticada publicidad comportamental en Facebook e Instagram, basada en un volumen de datos y un grado de detalle “imposibles de igualar” para la prensa digital española. El magistrado subraya que no es el RGPD el que debe adaptarse al modelo de negocio de las plataformas, sino estas las que han de someterse a las reglas vigentes en un mercado de 450 millones de ciudadanos en la Unión Europea.
Para AMI, el fallo constituye “una victoria judicial histórica” que trasciende lo meramente económico. Su abogado, Nicolás González-Cuéllar, lo define como una lucha de “David contra Goliat” y recalca que la sentencia “no es una cuestión de dinero, es una batalla por la democracia y la libertad de prensa”. Los medios sostienen que han respetado escrupulosamente las reglas de privacidad, mientras veían cómo parte de sus ingresos por publicidad se desviaban hacia una plataforma que, según el juez, jugaba con ventaja al tratar de forma ilícita los datos personales y al no transparentar sus resultados en el mercado español.
Meta, por su parte, ha mostrado su frontal rechazo al fallo. A través de un portavoz, la compañía sostiene que la demanda “carece de evidencias del daño alegado” e “ignora deliberadamente cómo funciona la industria de la publicidad online”. La empresa asegura que cumple todas las leyes aplicables y presume de haber ofrecido a los usuarios opciones claras, información transparente y diversas herramientas para controlar su experiencia en sus servicios digitales. Anuncia ya un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Más allá de ese recurso, la sentencia abre un frente de enorme calado para las grandes plataformas tecnológicas. En España, las televisiones y radios agrupadas en UTECA y AERC han presentado demandas similares contra Meta por más de 160 millones de euros, mientras que en países como Francia avanzan acciones colectivas de medio centenar de cabeceras por el uso masivo de datos personales en publicidad digital. El fallo del juzgado madrileño se perfila así como referencia europea en el control de los excesos de las plataformas en el tratamiento de datos y su impacto sobre la competencia.
El contexto político tampoco es ajeno al caso. En la víspera de conocerse la sentencia, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció su intención de impulsar una investigación parlamentaria para esclarecer si Meta pudo vulnerar la privacidad de millones de usuarios mediante un presunto sistema oculto en dispositivos Android. Un gesto que subraya hasta qué punto el debate sobre el poder de las grandes tecnológicas ya no se limita al terreno económico, sino que alcanza de lleno a la protección de derechos fundamentales.
Para los medios españoles, el veredicto marca un punto de inflexión tras años de pérdida de ingresos publicitarios y refuerza la idea de que la sostenibilidad del periodismo —y, con ella, el derecho a la información de los ciudadanos— pasa por poner límites a los modelos de negocio construidos sobre la explotación opaca y masiva de los datos personales. La batalla jurídica seguirá en las instancias superiores, pero el mensaje lanzado desde Madrid ya resuena en las redacciones y en los despachos de las grandes plataformas.


