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jueves, 24 de octubre de 2024
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Tribunal Electoral del PLRA ignora denuncias de fraude de sus correligionarios

El Tribunal Electoral Independiente (TEI) del PLRA rechazó la denuncia de fraude electoral que presentaron los liberales Eduardo Nakayama, Tadeo Zarratea y Celeste Amarilla. El TEI dice que la misma fue presentada en forma «extemporánea e improcedente». Por las mismas razones, el TEI rechazó también el pedido de nulidad de las elecciones presentado por los citados liberales.

«No hacer lugar a las impugnaciones, reclamos y denuncias por fraude electoral formulados en este recinto partidario conforme al exordio de la presente resolución y, en consecuencia, rechazar por extemporáneas e improcedentes», dice la resolución del TEI que se dio a conocer en la tarde de este martes 27 de diciembre.

La idea central del TEI es que las denuncias, los reclamos o incidentes deben presentarse en las mesas de votación y allí se deben formar los expedientes electorales para que después el TEI resuelva. Lo que se haga después ya es extemporánea e improcedente.

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Según la resolución si en el expediente electoral no figura ninguna reclamación, entonces no existe irregularidad o, si existe, la reclamación ya es extemporánea. También el TEI señala que si hubo dudas sobre la votación, ante la duda siempre se debe decidir a favor del voto.

Judicialización

Los precandidatos a senador, Eduardo Nakayama y Tadeo Zarratea, manifestaron que si el TEI rechaza la denuncia que ellos presentan, recurrirán a la Justicia Electoral. Ambos pidieron que se declare la nulidad de las elecciones para la elección de lista de senadores porque las irregularidades superaron los 20% del total de habilitados, según el Código Electoral. Este pedido también fue improcedente y extemporáneo. Los liberales siguen con las heridas de las internas y anuncian la judicialización de los resultados, especialmente sobre lista de senadores.

Gustavo Bernal, titular del TEI, explicó que el artículo 227 del Código Electoral establece que terminado el escrutinio se debe preguntar a los apoderados si tiene reclamos o denuncias para incorporar al expediente. Según Bernal si no hay reclamos en el expediente, la votación efectuada en una mesa queda aprobada.

Las pruebas

Nakayama dijo que en muchos lugares del país hay más votantes que la cantidad de personas habilitadas por mesa. Sin embargo, Bernal dijo que hasta ahora no encontró caso como ese. Se habilitaron 700 electores por mesa y hasta ahora no encuentro que se haya superado ese número, señaló.

Bernal exigió que las irregularidades denunciadas sean las que la ley establece, mientras Nakayama pidió que se aplique el sentido común, porque según los cálculos del TSJE, un elector debería votar en dos minutos y medio. «Tenemos algunas mesas que llegaron a emitir 500 votos lo que es una calamidad. Se tuvo que haber votado durante 21 horas continuadas (ejemplos en Itacuá, Paso de Patria y otros)”, detalló.

El TEI consideró que los cálculos en los cuales los denunciantes se basan no pueden ser utilizados para anular una elección, porque solamente son cálculos.

Tadeo Zarratea había dicho que en la denuncia presentada al TEI figura como uno de los casos el de una mesa del Colegio Nacional Fernando de Pinedo de la ciudad de Quyquyho. “En este distrito votaron en una mesa, según la planilla que está en poder del TEI, 307 personas de los cuales 306 votos van para la opción 3 del proyecto Líder Amarilla y 1 para la opción 11 correspondiente a Marcelo Bedoya. Lo mismo en la siguiente mesa y el beneficiario es otra vez Amarilla. Esos guarismos están en la planilla, el documento original está en manos del TEI», dijo dando a entender que esos guarismos significan fraude electoral.

Según Zarratea, es imposible que un candidato haya tenido 1 solo voto.

Mientras los denunciantes piden al TEI que se aplique el sentido común, el TEI sostiene que el Código Electoral establece las pautas para anular votos y presentar reclamos, y que los denunciantes deben ceñirse a ellas.