Pulseada jurídica. Las chicanas como profesión, como negocio o como defensa de los justiciables

La Corte Suprema de Justicia impulsa un proyecto de ley que busca regular las recusaciones, los reclamos, las impugnaciones y los incidentes en los juicios, más conocidos como «chicanas». El proyecto está en estudio en el Congreso Nacional. Sin embargo, un gremio de abogados penalistas se opone al documento y sostiene que justamente recurren a esos mecanismos como parte de la estrategia de defensa de su cliente.

Para la Corte, hay abogados que exageran con los citados procedimientos y lo único que buscan es dilatar los juicios y evitar que salga la sentencia. Para los abogados, es parte de su estrategia profesional. La Asociación de Abogados Penalistas del Paraguay divulgó un manifiesto criticando a la Corte porque justamente a ésta nadie le controla por dilatar los procesos, según dice el documento.

«El proyecto de ley que pretende modificar las disposiciones referentes a las recusaciones (llamado despectivamente antichicanas), tiene como único blanco al justiciable y a sus apoderados abogados sin importar el rol que cumplan en el proceso (querellante, accionante o procesado), al pretender eliminar o limitar indebidamente el libre ejercicio de los derechos al reclamo e impugnación ante los magistrados, ya sea por sus condiciones personales o por parcialidad, con motivos fundados que surjan antes o durante el desarrollo del proceso», dice el manifiesto.

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Agrega que el documento atenta «gravemente contra el principio de igualdad ante la ley, la seguridad jurídica, el debido proceso y los derechos de las partes, (esto afecta a cualquier ciudadano y no solo a los profesionales del derecho) y de sus abogados representantes garantizados legalmente».

El manifiesto expresa que «no se puede impedir anticipadamente y por ley, el ejercicio de esos derechos sin someter a un correcto análisis los posibles motivos que pudieran invocar las partes y privar de esa manera al afectado la oportunidad de reclamar y recurrir, garantizado en la ley inclusive en el Pacto de San José de Costa Rica, suscripto por el Estado paraguayo. De darse significará un grave retroceso hacia el sistema anterior aparentemente ya superado pero con riesgo de retornar, situación que no compartimos en absoluto», dicen los abogados.

HAY ILEGITIMIDAD

Por otro lado, el gremio de abogados penalistas dice que «consideramos que este proyecto posee en su cimiento rasgos de ilegitimidad al provenir justamente del órgano jurisdiccional (Corte) que por lo general no cumple con los plazos procesales exigidos en nuestra Constitución Nacional, el Pacto de San José (plazo razonable) y las leyes procesales al no resolver en tiempo y forma los procesos tramitados en sus despachos, sea por cuestiones estructurales, recursos humanos, financieros, situaciones coyunturales, etc., pero ajenos a la voluntad de los auxiliares de justicia y de las partes».

La Asociación de Abogados Penalistas señala que «este tipo de iniciativas además de incoherentes, resultan incorrectas al no responder en sus aspectos í­ntegros a la idea de protección de todas las partes y de la justicia pronta y barata, sino a la comodidad de los administradores de la misma poniendo en peligro lo sostenido en el artículo 47 y 137 de nuestra CN, careciendo en consecuencia, de razón éste y cualquier otro proyecto que pretenda promoverse fuera del equilibrio funcional que debe existir entre el manejo de los conflictos y el control de la mora judicial ya que la última decisión la tiene el encargado de la administración y no los justiciables, por lo que no podemos ser cargados con esta consecuencia».

POSIBLE DAÑO A LOS ABOGADOS

Sigue diciendo el documento que «este gremio no pretende oponerse a cualquier deseo de progreso en aras al mejoramiento del servicio de justicia o cualquier otra preocupación, sino que reclama la observancia de las reglas justas que reflejen una verdadera lucha contra la morosidad judicial en el momento de hacerlo, equilibrando las disposiciones referentes a las facultades de los administradores con los derechos de los auxiliares, sin afectar, eliminar o limitar éstos últimos, lo que de darse ocasionaría un marcado daño a los derechos laborales de los abogados matriculados de todo el paí­s. No debemos olvidar igualmente, que al limitar nuestros derechos lo hacen también con los justiciables», añade.

Por último, expresa que «como auxiliares de justicia, ejerceremos siempre una activa participación en el control de la elaboración de este tipo de proyectos que afecten nuestros intereses y el de los justiciables, conforme a la garantía constitucional de controlar y peticionar ante las autoridades y a su vez, expresamos nuestra disconformidad con el contenido del proyecto de modificación pretendida, por no ajustarse a las normas legales vigentes sobre las garantías de igualdad y del libre ejercicio de los medios de impugnación establecidos para las partes en un proceso penal, sin que ello signifique el uso abusivo de los mismos. Marzo del 2024.- Asociación de Abogados Penalistas del Paraguay».