Diputados aprueban con modificaciones la Ley de protección a fiscales antidrogas

La Cámara Baja aprobó la modificación de algunos artículos de la Ley 1562/2000, orgánica del Ministerio Público en sus artículos 10, 11, 13, 34, 50 y 62 para la protección de los agentes fiscales que participan en la la investigación en los casos de narcotráfico, lavado de activos y crimen organizado.

La Cámara de Diputados analizó y aprobó con algunas modificaciones esta normativa para mejorar la protección a fiscales que se encuentren realizando investigaciones casos especiales.

Según la diputada del PPQ por Central Rocío Vallejo, a pedido del propio Ministerio Público fueron introducidas algunas modificaciones a la Ley.

Unite al canal de La Tribuna en Whatsapp

Hemos realizados algunas modificaciones en el artículo 34, donde se establece, en el texto del Senado, que los agentes fiscales “solicitaron” ingreso al programa de protección al testigo y lo cambiamos por la expresión “podrán solicitar”.

En el artículo 50, de las atribuciones, por su parte, se refiere que el proceso de protección debe hacerse a través de la Dirección del Programa de Protección de Testigo y no a través de la Fiscalía General del Estado, considerando que existe un programa especial.

Otra propuesta es mantener el artículo 62 con el texto vigente, para una mejor aplicación, adelantó la legisladora que en su carácter de presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Además, el diputado Edgar Espínola (ANR-Caaguazú), dijo en representación de la Comisión de Defensa Nacional, que las modificaciones que respaldan apuntan a testar los artículos 10, 11, 13 y 62 de la versión Senadores; y aceptar solo los artículos 34 y 50, que también sufrieron cambios de forma.

El titular de la Comisión de Lucha contra el Narcotráfico, el diputado Tito Ibarrola (PPH-Central), dijo que tras realizar un análisis exhaustivo, optaron por el parecer del Ministerio Público y las recomendaciones de los asesores.

Los mismos, aconsejaron testar los artículos 10, 11 y 13, porque las modificaciones introducidas por el Senado no alteran ni cercenan el alcance del texto original, pero dan énfasis y visibilizan la necesidad de protección de los funcionarios vinculados a las investigaciones de los tipos penales que se citan.

Es importante decir que también se ha resuelto testar las modificaciones planteadas por el Senado en el artículo 62, considerando que con el agregado, la propuesta, prácticamente, limitaría los alcances a la contratación de expertos con el fin de resguardar la integridad de los agentes fiscales y demás funcionarios en los casos relacionados con narcotráfico, lavado de activos y crimen organizado.

Finalmente, el plenario de la Cámara Baja decidió aprobar el documento en cuestión, con las modificaciones sugeridas por la Comisión de Asuntos Constitucionales y su vuelta al Senado para su discusión sobre las modificaciones.