El presidente de la República, Santiago Peña, presentará su segundo informe de gestión ante el Congreso Nacional el martes 1 de julio, en una sesión convocada para las 20:00 horas.
La comparecencia, prevista en la Constitución Nacional, constituye un acto institucional en el que el Poder Ejecutivo rinde cuentas de su labor ante el Legislativo y la ciudadanía.
Por segundo año consecutivo, el mandatario opta por un horario nocturno, buscando mayor alcance en la audiencia, al coincidir con un momento en que gran parte de la población puede seguir la transmisión oficial desde sus hogares.
Oportunidad de Peña de dar a conocer sus logros del año
El informe presidencial, además de cumplir con la Constitución, representa una oportunidad para que el mandatario exponga los avances de su gestión, los principales ejes de su administración y sus proyecciones para lo que resta del año.
La sesión se desarrollará en la sala de sesiones del Congreso Nacional, con la presencia de senadores y diputados, y será transmitida por canales oficiales, además de difundirse en diferido a medios y plataformas digitales.
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Fundamento constitucional del informe de Peña ante el Congreso
El informe presidencial está contemplado en la Carta Magna. El artículo 238 de la Constitución Nacional, detalla los deberes y atribuciones del presidente de la República, donde establece en su inciso 8 que el mandatario debe dar cuenta al Congreso, al inicio de cada período anual de sesiones, de las gestiones realizadas por el Poder Ejecutivo, así como informar de la situación general de la República y de los planes para el futuro.
Esta disposición constitucional apunta a garantizar la transparencia en el ejercicio del poder, al tiempo que fortalece el control republicano y la relación entre los distintos poderes del Estado.
La presentación del informe también abre la puerta a eventuales debates legislativos sobre el rumbo de políticas públicas y permite contrastar lo anunciado con lo efectivamente ejecutado.
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