Hidrovía: Efecto de la puja entre EE.UU. y China será el alto costo para el comercio exterior

El peaje en el río Paraná, en la zona de Argentina, prácticamente cae como un bloqueo al comercio exterior de Paraguay, que tiene al Río de la Plata como su principal salida al mar. Esta decisión unilateral del país vecino, socio del Mercosur, vino después de conocerse la presencia de militares norteamericanos en la hidrovía Paraná-Paraguay. El interés de EE.UU. es instalarse aquí antes de que lo haga China u otro país poderoso. EE.UU. aún imponen la frase de Abraham Lincoln: «América para los americanos». Y como efecto colateral, Paraguay pagará el pato a un costo muy alto por ser un país sin litoral marítimo.

Mientras todo eso sucede, la Cancillería de Paraguay hizo una protesta en la LVI Reunión de la Comisión del Acuerdo de la Hidrovía Paraguay-Paraná, instancia técnica del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra y pidió 180 días de suspensión del citado peaje, pero aún no tiene respuesta.

La Administración General de Puertos (AGP) de Argentina es la encargada de aplicar la tarifa que implicará un sobrecosto de 14.700.000 dólares al año para el comercio exterior paraguayo.

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Lo grave es lo que dice la Cancillería paraguaya: «La Resolución adoptada tendría un impacto directo en los costos de operación de embarcaciones autopropulsadas y convoyes de bandera paraguaya que transportan cargas que utilizan el tramo en el tránsito internacional con cargas de exportación y de importación, con lo cual este pretendido peaje encarecerá la navegación fluvial comercial de bandera paraguaya e incidirá negativamente en la competitividad del comercio exterior de Paraguay y otros países de la Hidrovía» (Comunicado con fecha de ayer).

El documento agrega que «esta afectación se agrava significativamente en el caso del comercio exterior del Paraguay por su condición de país sin litoral en un contexto de recuperación económica pos pandémica. Teniendo en cuenta estas consideraciones, la delegación nacional puntualizó que al no tratarse de una tasa retributiva por servicios efectivamente prestados a los usuarios de la vía internacional en virtud al Artículo 9 del Acuerdo de Santa Cruz, no se puede establecer ningún impuesto, gravamen, tributo o derecho sobre el transporte a las embarcaciones o sus cargamentos sin previo acuerdo de los países signatarios (del Mercosur).

La Delegación del Paraguay solicitó la suspensión de la aplicación de la Resolución N°625 por un plazo de 180 días para que los países signatarios del Acuerdo puedan determinar en la instancia técnica competente, el alcance de la disposición.

El Ministerio de Transporte de argentina dispuso el peaje para el tránsito internacional de embarcaciones de carga en el tramo del río Paraná, comprendido entre el Puerto de Santa Fe (Km. 590 de la Hidrovía) y la Confluencia con el río Paraguay (Km. 1240 de la Hidrovía), por resolución N° 625/2022.

Representantes de las Cancillerías de Paraguay y Argentina se reunirán de nuevo en noviembre para hablar sobre el tema.