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viernes, 20 de junio de 2025
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Ministro culpa a directores de escuelas en casos de suspensión de almuerzo escolar

Ministro culpa a directores de escuelas en casos de suspensión de almuerzo escolar. El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, aclaró que los directores, que no cumplen con el registro de raciones recibidas para los niños, son responsables de la suspensión del almuerzo de los mismos.

El registro de las raciones es la forma encontrada para realizar los pagos. Si no se hace, no se paga, y si no se paga, se suspende, indicó. «Hay un altísimo número de falta de reporte por parte de los directores de las instituciones, ellos deben certificar la recepción de la comida porque no hay otro mecanismo», dijo Rojas, este viernes.

Recordó que conforme con una resolución el Consejo Nacional de Alimentación Escolar (Conae), la falta de reporte puede derivar en la suspensión temporal del servicio. Admitió, inclusive, que en algunos casos, se tuvo que tomar esta medida.

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Rojas explicó que los directores de escuelas deben informar, a través del Registro Único del Estudiante, la cantidad de platos servidos diariamente en su escuela. Es un paso clave para cerrar el proceso administrado que permite realizar los pagos a los proveedores del programa de alimentación escolar, agregó.

El Conae decidió emitir esta semana una resolución, «no con el ánimo de generar un conflicto, sino una concienciación y sentido de responsabilidad, para que los directores hagan ese trabajo, se pueda cerrar los procesos y hacer los pagos correspondientes».

La resolución del Conae, emitida el martes último, establece que el servicio de alimentación escolar Hambre Cero será suspendido temporalmente en aquellas instituciones educativas cuyo director o encargado de despacho no haya cumplido con la carga del reporte de recepción de raciones en el RUE.

Ministro culpa a directores: Deben informar

Aclara que la carga del reporte de recepción de raciones se debe realizar diariamente y que en casos excepcionales se permitirá la carga hasta cinco días posteriores a la entrega de las raciones.

«Transcurrido ese tiempo sin haberse producido la carga, el administrador de contratos suspenderá la provisión del servicio, hasta tanto sea subsanada dicha situación», dice la resolución.

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