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martes, 19 de agosto de 2025
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Aprueban proyecto de ley para reducir costo de peaje a pobladores del Bajo Chaco

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley “De regulación del costo del peaje o tasas de tránsito automotor en relación a los pobladores del Bajo Chaco». El proyecto establece la exoneración del 50 % del costo del peaje en beneficio de los residentes de las diferentes ciudades de dicha zona.

La iniciativa fue presentada por el legislador Rubén Roussillón (ANR-Presidente Hayes), y contó con aprobación en general durante la sesión ordinaria del pasado 8 de mayo y este miércoles se completó el estudio y se aprobó en plenaria de la Cámara de Diputados.

Según refirió el proyectista, esto responde a la necesidad de los pobladores del Bajo Chaco: Villa Hayes, Benjamín Aceval, Nanawa, etc.; de contar con mayor facilidad para la realización de las actividades diarias en los distritos de Asunción, Mariano R. Alonso, Limpio y otros lugares de los alrededores.

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En su intervención, el diputado Roussillón consideró que salir y entrar al Bajo Chaco, tanto por el puente Héroes del Chaco como por el puente Remanso, significa hoy una erogación de G. 20.000 y que esta situación afecta a estudiantes, productores, comerciantes y trabajadores en general.

El traslado y posterior regreso a las comunidades de residencia, se encarece por los costos de peajes fijados por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), afirmó el legislador.

“El proyecto prevé grandes beneficios para la clase trabajadora, los estudiantes y los funcionarios que día a día tienen que hacer el cruce del Puerto Remanso para trasladarse hasta la capital y otras zonas del área metropolitana”, agregó.

La forma de implementar

El proyecto también establece que «el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), en colaboración con los Gobiernos Municipales de los distritos afectados, establecerá la reglamentación correspondiente para el cumplimiento efectivo de la presente ley, en un plazo no mayor a 60 días”.

Posteriormente, agrega: “A los efectos de acreditar los derechos de ser beneficiados de la presente ley, los propietarios de los vehículos automotores deberán presentar ante las municipalidades respectivas los siguientes documentos: constancias de inscripción en el Registro Cívico Permanente del distrito de sus municipios; copias autenticadas de Cédula de Identidad Civil vigente; certificado de vida y residencia expedido por la Comisaria local jurisdiccional; copia autenticada de licencia de conducir; y la habilitación vehicular”.

El proyecto de ley se remitirá al Senado también para su estudio. Fuente: Cámara de Diputados.

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