El martes será analizado un proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Pagarés y otros Títulos de Crédito, con el fin de prevenir fraudes y garantizar la seguridad jurídica.
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Registro obligatorio y ejecución judicial
El proyecto de ley “Que crea el Registro Nacional de Pagarés y otros Títulos de Crédito (RNPyTC)” será tratado por la Cámara de Diputados el martes 24 de junio.
La normativa propone que todos los títulos de crédito (pagarés, letras de cambio, cheques y bonos) sean inscriptos obligatoriamente en un sistema digital dependiente de la Corte Suprema de Justicia, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su emisión.
La falta de inscripción impedirá que estos documentos sean ejecutados judicialmente o sean oponibles a terceros. El sistema emitirá un certificado digital obligatorio para cualquier acción judicial de ejecución.
Asimismo, notificará automáticamente a los deudores sobre el registro del documento a través de mensajes de texto, correo electrónico y mensajería instantánea.
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Prevención de fraudes y centralización
La propuesta surge ante la ausencia de un registro centralizado que permita verificar la autenticidad de los títulos de crédito. Según la exposición de motivos, esta situación generó problemas como duplicación de documentos, circulación de títulos falsificados y pérdidas económicas tanto para entidades financieras como particulares.
El proyecto busca centralizar los datos y establecer mecanismos de control para prevenir estos fraudes. La Corte Suprema de Justicia administrará el sistema digital, que estará conectado con diferentes instituciones y operadores financieros.
Penalidades y alcance institucional
La normativa establece sanciones penales de tres a cinco años de prisión y multas de hasta tres veces el monto defraudado para quienes falsifiquen títulos o registren datos incorrectos. También prevé la sanción de jueces que ejecuten documentos no registrados, quienes serán investigados por la Corte Suprema.
Podrán acceder al sistema para registrar títulos entidades financieras reguladas, cooperativas de ahorro y crédito autorizadas, casas de bolsa, escribanos públicos y emisores de valores. Todos deberán contar con la autorización previa del Banco Central del Paraguay.
El proyecto incluye reformas al Código Procesal Civil, el Código Civil y la Ley General de Bancos para incorporar la obligatoriedad del registro.