Eliminan el requisito de cumplimiento tributario para obtener pasaporte

En sesión plenaria, la Cámara de Diputados, concedió media sanción al proyecto de ley “Que deroga el inciso “F” del artículo 194 de la Ley 125/91, modificado por Ley 2421/04, en cuanto hace a la obligación de contar con el certificado de no adeudar tributos para la obtención del pasaporte”. El proyecto fue derivado al Poder Ejecutivo para su siguiente trámite.

La Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores están de acuerdo en cuanto a que es inconstitucional cercenar el derecho al acceso a un documento de identificación como el documento internacional del pasaporte, en el entendimiento que impide el ejercicio del libre tránsito de entrada y salida del país, por un certificado de cumplimiento tributario.

El presente proyecto deroga el inciso “F” del artículo 194 de la Ley 125/91 modificado por Ley 2421/04 en cuanto hace a la obligación de contar con el certificado de no adeudar tributos para la obtención del pasaporte nacional, dejando inalterable los demás actos regulados por dicha norma y volviendo a la redacción original de la Ley 125/91 en lo que respecta a dicho articulado.

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“Las autoridades no pueden negarse a expedir documentos identificatorios a los ciudadanos, como ser pasaporte o la cédula de identidad”, expresa parte de la exposición de motivos proveniente de la Cámara de Senadores.